Las negociaciones de esta norma, que arrancaron en abril del año pasado y con la que se busca regular los derechos de las personas en prácticas, se han extendido más de lo inicialmente previsto en aras de consensuar un acuerdo de todas las partes.
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En ese pacto con los sindicatos se estableció que solo serían posibles cuando formasen parte de los contenidos curriculares para la obtención de títulos oficiales.
Para el resto de prácticas deberían usarse los contratos formativos regulados en la reforma laboral (artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores), que son el de formación en alternancia o el de adquisición de práctica profesional.
La nueva propuesta del Gobierno daría una cierta flexibilización a esa prohibición de las prácticas no curriculares, según indicaron fuentes de la negociación a la agencia Efe.
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El estatuto del becario también establecerá, entre otros aspectos, límites para el número de personas en formación práctica en una empresa, así como el derecho a la compensación de gastos, vacaciones, días festivos o al uso de los servicios con los que cuenten las personas trabajadoras en el centro de trabajo en las mismas condiciones.
En paralelo a esta negociación, el Ministerio de Inclusión ya dejó fijado el pasado mes de marzo en el real decreto ley de la reforma de pensiones la inclusión en la Seguridad Social de los becarios.
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Según la norma, a las cuotas por contingencias comunes de estas cotizaciones se les aplicará una reducción del 95%.