La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha rechazado en suplicación –equivalente a la apelación en civil o penal– la solicitud de un oficial administrativo de primera categoría de Mango, marca propiedad de la empresa Punto Fa, S.L., de adaptar su jornada de trabajo para poder conciliar su vida familiar.
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Mango, que cuenta con una plantilla de 4.573 empleados, sin embargo, desestimó la petición, argumentando razones organizativas que el tribunal ha considerado justificadas.
Y así lo validó en primera instancia el Juzgado de lo Social nº 3 de Granollers, Barcelona.
La subsección de «procesos logísticos» de Punto Fa, S.L., está compuesta por 9 trabajadores, y se considera una unidad estanca debido a la especialización de las tareas que en ella se desarrollan.
Según los argumentos presentados en el proceso, los trabajadores de esta área no pueden ser intercambiados ni sustituidos por personal de otras secciones o subsecciones, lo que limita la flexibilidad organizativa de la empresa.
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La Sala de lo Social del TSJCat, formada por los magistrados Javier Sanz Marcos, como presidente, Amparo Illán Teba y Jesús Gómez Esteban, como ponente, en su sentencia 4558/2024, de 2 de septiembre pasado, también valoró que el trabajador no acreditara una necesidad específica que justificara la modificación de su jornada laboral, más allá de haber sido padre recientemente.
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El TSJCat concluyó que la solicitud del demandante no respondía a una verdadera necesidad de conciliación enfocada al cuidado del menor, sino a una voluntad de organizar los tiempos de descanso en común con la madre, lo que no se ajusta a los fines de la legislación sobre conciliación de la vida laboral y familiar.
Este fallo pone de relieve la importancia de justificar adecuadamente las solicitudes de adaptación de jornada, especialmente cuando existen restricciones organizativas que puedan justificar la negativa de la empresa.