CEOE, Cepyme, UGT y CCOO han pactado renovar el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) en el que fijan unas guías para la subida de sueldos que le conviene al país en 2023, 2024 y 2025 y establecen otra serie de recomendaciones de cara a la negociación de los convenios colectivos.
¿Tienen las empresas la obligación de subir los sueldos?
No. Aunque la patronal y los sindicatos consideran que los salarios deberían incrementarse un 4% este año -o un 5% si la inflación del mes de diciembre supera el 4%, algo muy probable-, un 3% en 2024 y otro 3% en 2025, se trata simplemente de recomendaciones y no de ninguna obligación.
Los agentes sociales fijan así una guía que puede ser de utilidad en la negociación de convenios colectivos (entre empresas y representantes de los trabajadores) para acordar subidas salariales o incluso para las empresas que no tengan representación de los empleados a la hora de decidir cuánto suben los sueldos a su plantilla. Luego, en función de la situación de cada sector, estas subidas podrán ser superiores, inferiores o incluso no aplicarse.
¿A qué trabajadores afecta?
Se trata de una recomendación genérica que afecta a todos los asalariados del sector privado, aunque no siempre se materializará en una subida de sueldo, ya que simplemente es una guía o consejo.
Los trabajadores autónomos que no cobran un sueldo procedente de una empresa no estarán afectados.
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¿Qué pasa si la inflación sorprende al alza?
El acuerdo ha incluido una cláusula de revisión salarial que establece que si la inflación este año en diciembre supera el 4%, los sueldos subirán un 1% adicional, un incremento que se abonará en las nóminas del año siguiente. Lo mismo sucede en 2024 y 2025, cuando se pagarían aumentos del 1% extra en los ejercicios siguientes si el IPC de diciembre supera esos niveles.
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