Desde que entrara en vigor el nuevo sistema de cotización para autónomos el pasado mes de enero, hay bastante controversia y dudas sobre las ayudas o bonificaciones a las que pueden acceder los nuevos autónomos. Por ello, vamos a recopilar todas las subvenciones que están actualmente en vigor para los trabajadores por cuenta propia.
Lo primero es que los emprendedores que se den de alta como autónomos por primera vez podrán seguir optando a lo que se conoce como la tarifa plana. Se trata de una cuota reducida para ayudar en los comienzos del negocio. En concreto, el profesional pagará 80 euros al mes de cuota durante los primeros 12 meses (prorrogable otro año más si el autónomo no alcanza el Salario Mínimo Interprofesional). Si eres de Cuenca, Soria o Teruel, la tarifa plana dura tres años, independientemente de tu nivel de ingresos.
Para poder acceder a la tarifa plana, eso sí, los profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos.
- No haber estado dados de alta en el RETA los últimos dos años.
- No ser autónomo colaborador.
- No tener deudas con la Administración.
Pago único. Otra de las opciones que tienen los nuevos autónomos que quieran montar un negocio es acceder a lo que se denomina pago único. Se trata de acceder a cobrar lo que le corresponda por desempleo en un solo pago. Es decir, el lugar de ir cobrando mes a mes la parte de prestación por desempleo que le corresponda, se solicita cobrar todo de una sola vez.
Para esta ayuda, las condiciones son:
- No haberse beneficiado de ello con anterioridad.
- Tener, al menos, tres mensualidades pendientes de desempleo.
- No estar dados de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social.
- No haber impugnado el despido por el que se encuentra en desempleo.
- Se necesitará comprobar que el mes siguiente a la aprobación del pago único se inicia una actividad empresarial.
La cuota cero es una de las novedades de este año para nuevos autónomos. Algunas comunidades autónomas ofrecen a las nuevas altas como trabajadores por cuenta propia una bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social durante dos años (el segundo de ellos, dependerá de si el autónomo alcanza el SMI).
Para poder acogerse se deben cumplir las mismas condiciones que en el caso de la tarifa plana, además de no estar en pluriactividad.
***
(Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)