Información A qué sanción se enfrenta un autónomo si no da de alta a un trabajador No dar de alta a un trabajador puede suponer un problema para el trabajador autónomo, que tendrá que hacer frente a una sanción por no haber procedido a realizar este trámite. Según la ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social se trata de una sanción grave el no dar de alta a un trabajador. Dependiendo del grado de la infracción la sanción será más o menos cuantiosa. En el portal AyudaTpymes indican que la sanción en su grado mínimo comprende de los 3.750 euros a los 7.500 euros; en su grado medio, de los 7.501 a los 9.600 euros, mientras que en su grado máximo, de los 9.601 a los 12.000 euros. (…) Cuando no se da de alta al trabajador en la Seguridad Social, el empresario también deberá tener en cuenta que, además de pagar la multa, tendrá que pagar la cuota correspondiente a la Seguridad Social. Además de eso, la Seguridad Social dará de alta al trabajador de oficio si detecta si está trabajando sin haber sido dado de alta por el propio empresario y lo hará a jornada completa. *** Lea la noticia completa en Cinco Días, 25-11-2022 (Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)
Información A qué sanción se enfrenta un autónomo si no da de alta a un trabajador No dar de alta a un trabajador puede suponer un problema para el trabajador autónomo, que tendrá que hacer frente a una sanción por no haber procedido a realizar este trámite. Según la ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social se trata de una sanción grave el no dar de alta a un trabajador. Dependiendo del grado de la infracción la sanción será más o menos cuantiosa. En el portal AyudaTpymes indican que la sanción en su grado mínimo comprende de los 3.750 euros a los 7.500 euros; en su grado medio, de los 7.501 a los 9.600 euros, mientras que en su grado máximo, de los 9.601 a los 12.000 euros. (…) Cuando no se da de alta al trabajador en la Seguridad Social, el empresario también deberá tener en cuenta que, además de pagar la multa, tendrá que pagar la cuota correspondiente a la Seguridad Social. Además de eso, la Seguridad Social dará de alta al trabajador de oficio si detecta si está trabajando sin haber sido dado de alta por el propio empresario y lo hará a jornada completa. *** Lea la noticia completa en Cinco Días, 25-11-2022 (Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)