2021 La nueva norma de cese y cotización de autónomos afectados por la pandemia Los trabajadores autónomos que estuvieran percibiendo alguna prestación por cese de actividad debido a la pandemia tendrán derecho a la exención de las cuotas a la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre. Esto viene regulado a través del V Acuerdo Social en Defensa del Empleo adoptado recientemente para reforzar las medidas sociales en defensa del empleo. En ese sentido, el grado de exención, en función a la ley será del 90% en las cotizaciones correspondientes a junio, del 75% en las cotizaciones del mes de julio, mientras que en agosto será del 50% y en septiembre, del 25%. Para que dichos beneficios se puedan aplicar, los profesionales deben mantenerse en situación de alta en la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre. Por otro lado, aquellos trabajadores que se hayan visto obligados a suspender sus actividades debido a medidas para contener la propagación de la Covid-19, tendrán derecho a percibir una prestación económica por el cese de actividad. *** Lea la noticia completa en Cinco Días, 04-06-2021 (Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)
2021 La nueva norma de cese y cotización de autónomos afectados por la pandemia Los trabajadores autónomos que estuvieran percibiendo alguna prestación por cese de actividad debido a la pandemia tendrán derecho a la exención de las cuotas a la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre. Esto viene regulado a través del V Acuerdo Social en Defensa del Empleo adoptado recientemente para reforzar las medidas sociales en defensa del empleo. En ese sentido, el grado de exención, en función a la ley será del 90% en las cotizaciones correspondientes a junio, del 75% en las cotizaciones del mes de julio, mientras que en agosto será del 50% y en septiembre, del 25%. Para que dichos beneficios se puedan aplicar, los profesionales deben mantenerse en situación de alta en la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre. Por otro lado, aquellos trabajadores que se hayan visto obligados a suspender sus actividades debido a medidas para contener la propagación de la Covid-19, tendrán derecho a percibir una prestación económica por el cese de actividad. *** Lea la noticia completa en Cinco Días, 04-06-2021 (Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)