Una resolución vinculante del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) abrió la puerta a que los autónomos que trabajan desde casa puedan deducirse parte de los suministros como la luz, el gas o el agua o el teléfono. Sin embargo, la Agencia Tributaria no ha aclarado qué fórmula de cálculo o medio de prueba puede utilizar el trabajador por cuenta propia para desgravarse los suministros. Los asesores fiscales denuncian la inseguridad jurídica que ello genera.
Hasta el mes de octubre, la situación puede que no fuera la más beneficiosa para el autónomo, pero estaba muy clara. El trabajador por cuenta propia que utilizaba parte de su vivienda como oficina o taller podía desgravarse gastos como el IBI, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad de propietarios en la misma proporción que los metros cuadrados utilizados para llevar a cabo la actividad profesional. Otro tipo de gastos como los suministros del hogar no eran, bajo el criterio utilizado y reiterado de la Agencia Tributaria, deducibles.
La Dirección General de Tributos argumentaba que no existía una regla racional que permitiera discernir qué parte de los suministros es utilizada para fines particulares y qué parte para el desarrollo de la actividad económica.
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El TEAC señala que Hacienda debe aceptar la deducción de suministros cuando el autónomo acredite su uso para el desarrollo de un trabajo. ¿Y cómo se acredita? El tribunal sugiere simplemente que podría servir una “criterio combinado de metros cuadrados” de la vivienda destinada a oficina o taller y “los días laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad”.
En cualquier caso, se trata de una mera sugerencia. Hacienda podría haber aclarado la cuestión, pero ha preferido no hacerlo.
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Ante la incertidumbre, los asesores recomiendan que los autónomos que trabajan en casa sean cautos y razonables a la hora de incluir la deducción de suministros. Teniendo en cuenta el criterio que apuntó el TEAC, consistente en una combinación de metros cuadrados y horas de trabajo, la parte deducible de los suministros será relativamente pequeña en la mayoría de casos.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 4-7-2016
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