La empresa también puede resultar responsable en caso de accidente de un empleado subcontratado, incluso cuando las tareas encomendadas por la compañía auxiliar sean distintas a su propia actividad. Así lo dictamina el Tribunal Supremo en una sentencia (accede aquí al texto de la sentencia) en la que impone responsabilidad solidaria sobre tres empresas que no aplicaron medidas de seguridad suficientes para evitar el incidente que causó la gran invalidez del trabajador.
El conflicto tiene su origen en un encargo que se le hizo a una compañía para colocar nuevas planchas en la cubierta de una fábrica de alimentos. Esta, a su vez, subcontrató los servicios de otra empresa para llevar dicha tarea encomendada. Los hechos probados de la sentencia recogen que uno de los trabajadores de esta subcontrata no llevaba puesto el arnés en el momento en el que sufrió una caída desde una gran altura que le provocó una invalidez severa.
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El alto tribunal recuerda que la jurisprudencia sostiene que "lo decisivo para determinar si la empresa principal asume responsabilidad es que el accidente suceda por una infracción imputable a ella". La clave radica, por tanto, en si el accidente objeto del litigio ocurre dentro de la esfera de responsabilidad de la compañía en materia de seguridad de los trabajadores.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 15-11-2018
Lea la sentencia completa de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (18-09-2018)
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