Los contribuyentes con deudas hasta 30.000 euros podrán solicitar aplazamientos de pago sin garantías. Una orden ministerial que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado, regula el incremento del límite para la exención, situado hasta ahora en los 18.000 euros.
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La exención de garantías en las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos supone para el contribuyente una clara reducción de cargas indirectas, dado que la solicitud del aplazamiento se puede tramitar de forma más sencilla y rápida, y el solicitante no tiene que asumir los costes derivados de la solicitud de avales, hipotecas u otras garantías.
Con esta ampliación del perímetro de exención de garantías se profundiza en la mejora de las condiciones para la concesión de aplazamientos que ya viene dada por la financiación históricamente baja existente para la deuda tributaria. Para 2016, el tipo de interés de demora, el que rige para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias, bajará del 4,375 por ciento vigente en 2015 a un nuevo mínimo del 3,75 por ciento.
En los últimos cuatro años, la Agencia Tributaria ha concedido aplazamientos por un importe superior a los 30.800 millones de euros, y de ese total casi un 70 por ciento ha supuesto mayores facilidades de pago de deudas tributarias para el colectivo de pymes y autónomos.
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