Una de las novedades para los autónomos en esta campaña de la Renta es la introducción en la Declaración de los gastos de suministros, en los casos en los que los profesionales realicen sus funciones desde casa.
Efectivamente, el trabajador por cuenta propia que trabaje en su vivienda, y haya declarado previamente esta circunstancia, puede aminorar su carga impositiva incluyendo los gastos de Internet, luz o agua. Pero no en su totalidad.
(…)
Existe cierta confusión con respecto a las cantidades imputables a su actividad, en las facturas que recibe el autónomo por suministros en su vivienda. Es importante aclarar que, previamente, el profesional debe haber informado a Hacienda de la proporción exacta en su hogar que está destinada a ser zona de trabajo.
Sobre este porcentaje de vivienda, el autónono puede imputar como gasto para su actividad un máximo el 30%. Si tenemos en cuanto que el máximo que permite Hacienda como superficie laboral dentro de la vivienda es un 30%, tenemos como resultado que se considerará como gasto el 30% del 30%.
(Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)