La Agencia Tributaria obliga a autónomos, empresarios e incluso a algunos particulares, a realizar una declaración trimestral de las nóminas que abonan a sus trabajadores y por las facturas generadas en servicios como notaría o registro mercantil. Se trata del modelo 111 de Hacienda. No es obligatorio para todos los emprendedores. Aclaramos a continuación en qué condiciones estás obligado a declarar esta retención al Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y cómo hacerlo.
Es obligatorio si tienes trabajadores a tu cargo, has realizado gastos o ingresos en profesionales liberales como registradores de la propiedad, notarías o abogados. Te afectan si sacas rendimiento a actividades ganaderas o agrícolas, no sólo por dedicarte a las mismas, también si obtienes alguna ganancia patrimonial porque te beneficies de los aprovechamientos forestales en montes públicos; por ejemplo, por la recogida de piñas y otros frutos silvestres previa autorización del organismo competente.
No debes olvidar que estás obligado a presentar este modelo de retención si eres autor y te beneficias del cobro de derechos de la propiedad intelectual e industrial o por la prestación de asistencia técnica.
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El modelo 111 también debe cumplimentarse por personas físicas, cuando perciben una cantidad superior a 2.000 euros en loterías y juegos de azar; tal y como recoge el Reglamento del Impuesto del Ministerio de Hacienda.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 19-12-2017
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