Los autónomos tienen la posibilidad de acogerse a subvenciones, para facilitar el ejercicio de su actividad. En este proceso, ¿debe el autónomo incluir dichas ayudas en el modelo 347? Para responder a esta pregunta debemos remitirnos al Real Decreto aprobado en 2007, que indica que la ayuda o subvención debe ser declarada en la renta siempre y cuando en el conjunto de tus operaciones superen los 3.005,06 euros. En este sentido, y según explican los expertos de Supercontable.com, se deberían declarar todas las subvenciones que se hayan cobrado.
Además, el trabajador autónomo deberá informar a la Agencia Tributaria de este hecho a través del modelo 347. En este documento deberá consignar las entregas de bienes y servicios que superen esos 3.005,06 euros anteriormente citados. Siempre se deberá utilizar clave B.
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