El próximo 1 de noviembre finaliza el segundo periodo anual en el que se puede realizar la modificación de la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar dentro de los límites permitidos según la edad.
La base puede elegirse entre los máximos y mínimos que son publicados cada año en los Presupuestos Generales del Estado, una elección que puede ser modificada dos veces al año, una antes del 1 de mayo y la segunda desde tal fecha hasta antes del 1 de noviembre.
Los cambios comenzarán a surtir efectos a partir del 1 de enero de 2017.
Lea la noticia completa en Economist & Jurist, 20-09-2016
Apunte relacionado: Solicitudes de incremento de bases de cotización para el RETA en 2017
(Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)