Los autónomos que necesiten contratar empleados deben seguir una serie de pasos administrativos recogidos en la Ley de la Seguridad Social y que detallamos a continuación. Si se dispone de certificado digital, algunos trámites pueden realizarse por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
En primer lugar, antes del inicio de la actividad, el empresario debe inscribirse en la Tesorería General de la Seguridad Social y obtener un número de identificación, que será considerado como primero y principal Código de Cuenta de Cotización, al que se vincularán todos los códigos de sus empleados. Si se va a ejercer la actividad en distintas provincias tendrá que solicitarse un Código de Cuenta de Cotización en cada una de ellas.
Si se trata de un empresario individual, la documentación a presentar será la siguiente:
- Modelo Oficial de Solicitud
- Documento identificativo del titular de la empresa, empresario individual o titular del hogar familiar
- Número de Identificación Fiscal emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda donde conste la Actividad Económica de la Empresa
Lea la noticia completa en Cinco Días, 07-02-2017
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