La empresa que vaya a contratar trabajadores por primera vez deberá reclamar su inscripción como empresario a efectos de la Tesorería General de la Seguridad Social. Este organismo le otorgará un número para su asignación y control de sus obligaciones con el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Dicha cifra está considerada como el principal Código de Cuenta de Cotización (CCC).
Es preciso que formalice este trámite en la administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana al domicilio de la actividad antes de comenzar la contratación de asalariados. La documentación variará en función del tipo de empresario.
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El empresario individual.
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El empresario colectivo y sociedades españolas.
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Empresario colectivo y sociedades extranjeras.
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