La incidencia en la prestación de incapacidad, y en la pensión de jubilación, son las dos principales desventajas de cotizar por la mínima.
Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social conlleva una serie de responsabilidades para el profesional. La primera de ellas es la aportación que mensualmente ha de realizar a las arcas públicas, motivo por el que, a día de hoy, la mayoría de los autónomos elige cotizar atendiendo a la base mínima.
Esta fue, en el año 2015, de 884,4 euros, aunque la cifra esconde una responsabilidad mayor, como es su capacidad para calcular el importe de las prestaciones de incapacidad, así como la pensión de jubilación. En este sentido (…), el pago de los 261,83 euros mensuales de esta cuota puede acarrearle problemas y limitaciones.
Estos surgen en el caso de causar baja por enfermedad común, de modo que durante los 20 primeros días de la misma cobrará el 60% de la cotización, y partir de entonces, el 75%.
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Situación similar se reproduce en el momento de calcular la pensión de jubilación. De hecho, se estima que los pensionistas autónomos cobran de media mensual 610,90 euros.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 21-6-2016
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