Los autónomos que vayan a iniciar una actividad y, para ello, necesiten realizar ciertas inversiones antes de la puesta en marcha del negocio, deben saber que podrán deducirse el IVA soportado en dichas inversiones, incluso antes de darse de alta como autónomo. Para ello, es necesario seguir unos pasos exigidos por Hacienda.
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Lo primero que debe hacer el futuro autónomo es comunicar a Hacienda que, aunque todavía no va a iniciar su actividad económica, se da de alta en el Censo de Empresarios y Retenedores de Hacienda porque necesita adquirir bienes y servicios para destinarlos al desarrollo de una actividad empresarial o profesional en un futuro próximo.
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Para poder deducir todos los gastos es necesario contar con las facturas correspondientes y que éstas hayan sido emitidas con fecha posterior a la fecha de alta en Hacienda. Una vez que comience la actividad, hay que comunicarlo a la Agencia Tributaria.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 28-10-2016
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