El modelo 111 incluye todas las retenciones e ingresos por cuenta del IRPF que todo autónomo debe declarar. En concreto, se trata de un documento que determina los importes que se han de hacer efectivos en concepto de retenciones al pago de las nóminas de los trabajadores y las facturas relativas a esa retención.
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Hay que tener en cuenta una serie de consejos para presentarlo correctamente.
La primera de estas consideraciones para por presentarlo de manera trimestral. Entre el 1 y el 20 de abril, queda configurado el primer trimestre. De igual modo, los 20 primeros días de julio serán las fechas para presentar el modelo del segundo trimestre, mientras que en los 20 primeros días de octubre y los 20 primeros días de enero del año siguiente deberá presentarse el modelo del tercer y el cuarto trimestre. Al final del ejercicio también se deberá presentar un resumen anual mediante el modelo 190.
Su presentación puede materializarse tanto en papel como a través del ordenador.
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Por último, desde esta compañía recuerdan que nunca resulta de más saber que el sumatorio de la liquidación debería tener como resultado cero.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 19-06-2017
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