En Luxemburgo ya se ha comenzado a fraguar la próxima polémica judicial para la legislación laboral española. La Abogada General de la Unión Europea, Eleanor Sharpston, ha considerado recientemente que la normativa española es contraria a la Directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, a la hora de calcular la prestación por desempleo en los trabajadores a tiempo parcial, según estos trabajen de forma vertical u horizontal.
(…)
La duda judicial ha surgido por una cuestión prejudicial –preguntas que los tribunales nacionales hacen al TJUE para aclarar determinadas interpretaciones en la aplicación de las leyes–, planteada por el juzgado de lo Social número 33 de Barcelona.
El magistrado de este tribunal pidió a la UE una aclaración sobre la concesión de una prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) por un periodo de 120 días a una trabajadora a tiempo parcial que argumentaba tener derecho a una prestación por 720 días. La trabajadora reclamó y el SPEE le reconoció finalmente 420 días de prestación, para lo que tuvo en cuenta solo el número de días efectivamente trabajados y no el número de días cotizados. Por este motivo impugnó la concesión de esta prestación ante el juzgado de lo Social número 33 de Barcelona, al considerar que “la exclusión de los días no trabajados para el cálculo del periodo de la prestación, establece diferencia de trato entre los trabajadores a tiempo parcial vertical y los de tiempo parcial horizontal”.
Ante esta situación, la Abogada General –que es la encargada de argumentar la base de la futura sentencia del TJUE, aunque sus conclusiones no son vinculantes– ha considerado que la normativa nacional sobre el cálculo de prestaciones para el tiempo parcial no es directamente discriminatoria, puesto que se aplica sin distinción a hombres y mujeres, pero que sí existe una “discriminación indirecta”. Esto se debe a que “la aplicación de la ley, aunque formulada de manera neutra, perjudica de hecho a número mucho mayor de mujeres que de hombres”.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 24-03-2017
(Si desea efectuar alguna consulta profesional relacionada con las cuestiones abordadas en la noticia, puede llamar al teléfono 935 36 80 20 o gestionarla en esta sección)