Varias sentencias de juzgados de lo Social aplican doctrinas distintas sobre salarios de tramitación, despidos objetivos y convenios. Las diferencias se deben, sobre todo, a las interpretaciones divergentes que están aplicando los Juzgados a la hora de determinar desde cuándo se aplica la reforma. Pero estos criterios son ideológicos porque la reforma no tiene disposición transitoria y debe aplicarse de forma inmediata, según explican los juristas a los que ha consultado este diario.
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