La base de cotización a la Seguridad Social de los autónomos menores de 47 años se puede elegir libremente (dentro de unos límites) y a partir de esa edad, la ley restringe la base máxima. Cuando el autónomo se acerca a esa edad, se plantea la opción de elevar la base de cotización (con el fin de mejorar la pensión futura) o bien seguir pagando la cuota mínima (da derecho a una pensión muy baja) y destinar la diferencia a un plan de ahorro privado que complemente la paga pública.
Los expertos aconsejan tener en cuenta los años de cotización, los requisitos para acceder al 100% de la pensión pública, hacer simulaciones y estimar el resultado final que se quiere alcanzar (qué nivel de renta se necesita tras el retiro) para evaluar la necesidad (o no) de ingresos adicionales. La mayor salvedad es está en plantear situaciones generales, ya que cada caso específico dependerá de la vida laboral del trabajador, de los años cotizados y de las bases que se apliquen, explican desde la Asociación de trabajadores autónomos (ATA). Por ello, se aconseja buscar asesoramiento para, con el informe de bases de cotización, hacer cálculos y tomar decisiones.
En este artículo se incluyen casos prácticos para trabajadores que coticen por la base mínima o por la máxima.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 25-06-2018
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