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Boletín informativo Enero 2017: Supresión del aplazamiento del IVA

 

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Estimados clientes y amigos:

El Real Decreto-ley 3/2016 establece una serie de medidas tributarias entre las cuales destaca que, con efectos a partir del 1 de enero de 2017, se suprime la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta. 

A efectos prácticos ello se traduce en que las deudas tributarias no podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento, y las solicitudes realizadas por tales conceptos serán objeto de inadmisión (si desean ampliar la información, pulse aquí).


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